En Gestan Conteco podrás alquilar tu contenedor de obra en cuestión de un par de minutos. A través de nuestra herramienta online ponemos a tu disposición, y de forma sencilla, un sencillo formulario a rellenar con datos como el tamaño de contenedor que necesitas, el tipo de residuos a gestionar y el día de colocación y recogida, además de la dirección . Como arrendatario también deberás tener en cuenta ciertas responsabilidades al alquilar un contenedor de obra.
Responsabilidades como arrendatario del contenedor
Si ya has solicitado tu contenedor de obra en Gestan Conteco, enhorabuena. Ahora podrás retirar de forma óptima y adecuada todos los residuos que haya generado tu empresa, o deshacerte de los escombros de esa reforma en casa que estás llevando a cabo. Recuerda que como arrendatario te debes ceñir también a ciertas responsabilidades a cumplir de acuerdo a la normativa.
La primera y más importante es hacer un correcto uso del contenedor de obra, tal y como se especifica en el Art.1555 del Código Civil. Por tanto deberemos de prestar atención al tipo de residuos o escombros que vamos a verter, y que estos sean los adecuados para el contenedor contratado.
Una vez tenemos ya colocado el contenedor y todo listo para comenzar la retirada de residuos, hay que tener en cuenta que nunca se debe llenar el contenedor por encima del límite. Debemos prestar especial atención a las aristas superiores, por lo que la carga nunca debe sobrepasar dichas áreas. Recuerda que tampoco debes situar elementos o residuos en los laterales del contenedor.
De conformidad con lo establecido en el Art.138.1 de la LOTT y Ordenanzas Municipales, como arrendatario no deberás de exceder el peso o llenado del contenedor. En caso de no cumplir dicho punto, las sanciones por dicha infracción pueden ir desde los 276,47 euros hasta los 2.764,66 euros.
En Gestan Conteco mostramos nuestro total compromiso con el medio ambiente. Es por ello que contamos con contenedores destinados al transporte y correcta gestión de diferentes tipos de residuos. De acuerdo a la Ley 10/1998 de Residuos, queda terminantemente prohibido depositar en el contenedor cualquier tipo de residuos de carácter tóxico, reactivo o peligroso. Asegúrate primero del tipo de residuos o escombros que vas a generar, y a partir de ahí, solicita el contenedor más adecuado para su retirada.